Código Ejecutivo

Código Ejecutivo


Capítulo Único
Naturaleza, Fines y Organización del Órgano Ejecutivo

Artículo 1
El Órgano Ejecutivo es el órgano político del Gobierno Estudiantil, cumple su función con el propósito de ejecutar su Plan de Gobierno en beneficio del estudiantado del Colegio Humanístico Costarricense, Campus Omar Dengo.

Artículo 2
La elección del Órgano Ejecutivo se llevará a cabo una semana después de la elección del Parlamento Estudiantil.

Artículo 3
El Órgano Ejecutivo del Gobierno Estudiantil, estará integrado de la siguiente manera:

                  Primer Ministerio.
                  Secretaría de Divulgación, Comunicación y Finanzas.
                  Secretaría de Asuntos Académicos para Undécimos.
                  Secretaría de Asuntos Académicos para Décimos.
                  Secretaría de Asuntos Deportivos, Culturales y Estudiantiles. 
                  Secretaría de Ambiente.
   
Como un órgano independiente se establecerá la Contraloría Estudiantil conformada por:

               Contralor o Contralora Estudiantil
                Contralor o Contralora Estudiantil Adjunta.

Artículo 4
Los y las integrantes del Órgano Ejecutivo serán electos o electas por votación secreta. Esta misma la efectuará el Parlamento Estudiantil que para ese efecto ha sido escogido por toda la comunidad estudiantil.

Artículo 5
Le corresponde al Órgano Ejecutivo:
a.    Cumplir con los compromisos adquiridos por medio del Plan de Trabajo presentado en el período de campaña política.
b.    Atender los asuntos que les sean remitidos por el Parlamento Estudiantil.
c.    Velar porque dentro del Colegio Humanístico Costarricense, Campus Omar Dengo se respeten los deberes y derechos de los y las estudiantes.
d.    Ejercer la representación de los y las estudiantes de acuerdo al área de acción de cada Secretaría
e.    Participar en la búsqueda de soluciones a los problemas que aquejan a los y las estudiantes.
f.      Solicitar por escrito, conjuntamente con el Parlamento Estudiantil, revisión razonada de las disposiciones emanadas del Consejo de Profesores, Reunión de Docentes o de la Dirección del Centro Educativo que se consideren que atentan contra los derechos y la dignidad de los y las estudiantes.
g.    Mantener informados e informadas a los y las estudiantes sobre todo asunto de interés y competencia, utilizando los medios de comunicación a su alcance.
h.    Dar un informe trimestral al Parlamento Estudiantil del trabajo realizado, para conocimiento de los y las estudiantes, padres y madres de familia y personal del Colegio Humanístico Costarricense, Campus Omar Dengo y otro informe general al finalizar su período de Gobierno.
i.      Elaborar y llevar a cabo proyectos de cooperación y solidaridad con la institución y la comunidad.
j.      Renunciar al cargo que fueron nombrados en caso de existir un voto de censura por medio del Parlamento Estudiantil.

Artículo 6
Son funciones de los integrantes del Órgano Ejecutivo:

De quien ejerce como Primer Ministro o Ministra:
a.    Representar los intereses de los y las estudiantes ante las distintas instancias internas y externas a la institución.
b. Tener a su cargo las relaciones con la Dirección del Centro Educativo, Personal Docente y Administrativo, Parlamento Estudiantil, Directivas de sección, Comisiones Institucionales o comunales, Junta Administrativa, Asociación de Padres y otros según sea necesario.
c.  Dirigir las sesiones del Órgano Ejecutivo.
d.  Mantener una coordinación constante con Parlamento Estudiantil para la ejecución de proyectos o acciones.
e.  Coordinar con la persona que ocupa el puesto de Secretaría de Divulgación, Comunicación y Finanzas los informes de todo movimiento económico realizado.
f.   Apoyar la conformación y dar seguimiento a las Comisiones de trabajo y de las secretarías que apoyen la gestión del Órgano Ejecutivo.

De quien ejerce la Secretaría de Divulgación, Comunicación y Finanzas:
a.    Llevar un libro de actas, previamente inscrito y foliado en la Dirección del Colegio Humanístico Costarricense, Campus Omar Dengo. En este libro anotará todos los acuerdos y actividades que realice el Órgano Ejecutivo. El acta de cada sesión será leída, aprobada y firmada por las personas que la integran en la sesión siguiente.
b.    Redactar las actas de las sesiones del Órgano Ejecutivo y la correspondencia que se despache.
c.    Recibir los escritos y documentos que se le presenten y darles el trámite correspondiente.
d.    Dar respuesta por escrito a las personas gestoras de los acuerdos del Órgano Ejecutivo.
e.    Archivar toda correspondencia y las resoluciones emitidas.
f.      Elaborar los informes de labores que el comité ejecutivo debe presentar al Parlamento Estudiantil y a los y las estudiantes al finalizar su período.
g.    Definir y ejecutar una estrategia de comunicación que mantenga informada a la comunidad estudiantil de los asuntos de su interés.
h.    Llevar un cuaderno de cuentas donde se anotará el movimiento económico que se efectúe.
i.      Realizar los pagos o gastos acordados por el Órgano Ejecutivo.
j.      Recaudar las contribuciones voluntarias aprobadas por el Órgano Ejecutivo y autorizadas por la Dirección del Colegio Humanístico Costarricense, Campus Omar Dengo y la Dirección Regional.
k.    Informar periódicamente a los demás miembros del Órgano Ejecutivo sobre el movimiento económico.
l.      Administrar los dineros que se recauden o reciban por donación, previa entrega a la Tesorería de la Junta Administrativa cuando ésta cuente con la personería jurídica. Estas entidades serán únicamente depositarias de esos dineros. El Órgano Ejecutivo definirá el destino de los fondos y los utilizará en la ejecución de sus proyectos o actividades. De ninguna manera la Dirección o el ente depositario, podrán hacer uso de esos dineros sin el consentimiento del Órgano Ejecutivo.
m.   Realizar un presupuesto anual que contemplen las actividades a realizar por el Órgano Estudiantil y su forma de financiarlas.

De quien ejerce la Secretaría de Asuntos Académicos para Undécimos:
a.    Representar al estudiantado de undécimo en el Consejo Académico del Colegio.
b.    Diseñar un plan de acción que busque el mejoramiento continuo en la búsqueda de la excelencia académica del Colegio Humanístico Costarricense.
c.    Desarrollar iniciativas que busquen elevar el rendimiento académico de la comunidad estudiantil.

De quien ejerce la Secretaría de Asuntos Académicos para Décimos:
a.    Representar al estudiantado de décimo en el Consejo Académico del Colegio.
b.    Diseñar un plan de acción que busque el mejoramiento continuo en la búsqueda de la excelencia académica del Colegio Humanístico Costarricense.
c.    Desarrollar iniciativas que busquen elevar el rendimiento académico de la comunidad estudiantil.

De quien ejerce la Secretaría de Asuntos Deportivos, Culturales y Estudiantiles:
a.    Representar al estudiantado en los comités conformados en el Colegio que tengan relación con el deporte y la cultura.
b.    Diseñar un plan de acción que fomente el deporte y la cultura en el Colegio Humanístico Costarricense.
c.    Llevar a cabo iniciativas que busquen facilitar la práctica del deporte y el desarrollo de la cultura en la comunidad estudiantil.
d.    Representar al estudiantado en el Comité de Bienestar Estudiantil del Colegio.
e.    Desarrollar iniciativas que busquen el bienestar de la comunidad estudiantil.

De quien ejerce la Contraloría Estudiantil:
a.    Velar porque se cumplan las funciones propias del órgano Ejecutivo y las de sus integrantes.
b.    Dar seguimiento a la ejecución del plan de trabajo del Órgano Ejecutivo.
c.    Controlar la asistencia a las sesiones y comprobar el quórum.
d.    Comprobar que los acuerdos se tomen con los votos requeridos.

De quien ejerce la Contraloría Estudiantil Adjunta:
a.    Sustituir al Contralor Estudiantil en caso de ausencia temporal.
b.    Apoyar en las labores que le sean asignadas por parte del Contralor Estudiantil.

Artículo 7
Las sesiones del Órgano Ejecutivo podrán efectuarse tanto dentro como fuera del horario regular del propio Colegio Humanístico Costarricense, Campus Omar Dengo. Sin embargo, se debe procurar que el horario de estas reuniones no afecte la vida académica de ningún integrante de este órgano. El quórum para que puedan sesionar válidamente será la mitad más uno del total de sus integrantes. En caso de empate al momento de decidir acuerdos o resoluciones, el voto del Primer Ministro o Ministra cuenta como un voto doble. Además, se podrán realizar sesiones por medios físicos o digitales según se considere necesario por los miembros para dicha sesión. En caso de que algún miembro no pueda participar de una sesión presencial, tendrá derecho de hacerlo de manera digital a través de medios aprobados por el mismo órgano.

Artículo 8
En el Traspaso de Poderes el Primer Ministro o Ministra del Órgano Ejecutivo, junto con su gabinete, prestará juramento ante el Tribunal Electoral Estudiantil.

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